Artículo 459 código de procedimiento civil

Art. 459. Si el deudor es requerido de pago en el lugar del asiento del tribunal, tendrá el término de cuatro días útiles para oponerse a la ejecución. Este término se ampliará con cuatro días, si el requerimiento se hace dentro del territorio jurisdiccional en que se...

Artículo 258 del código de procedimiento civil

Artículo 258.- El término de emplazamiento para contestar la demanda será de quince días si el demandado es notificado en la comuna donde funciona el tribunal. Se aumentará este término en tres días más si el demandado se encuentra en el mismo territorio...

Artículo 254 código de procedimiento civil

Art. 254. La demanda debe contener: 1°. La designación del tribunal ante quien se entabla; 2°. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación; 3°. El nombre, domicilio y profesión u...

Artículo 5 de la ley 20.866

Artículo 5º.- Presentación de demandas y de escritos. El ingreso de las demandas y de todos los escritos se hará por vía electrónica a través del sistema de tramitación electrónica del Poder Judicial, para cuyos efectos los abogados o habilitados en derecho se...

¿Qué pasa si me demandan y no tengo como pagar?

Si lo demandan recuerde que tiene 4 días hábiles, incluyendo los sábados, para comenzar con una buena defensa. Si en forma posterior se realiza el embargo será el acreedor, el banco, o la casa comercial el encargado de identificar bienes para el embargo. De no...

¿Qué es el requerimiento de pago?

R: El requerimiento de pago, como su nombre lo dice, es el acto por el cual el receptor judicial señala que debo pagar cierta cantidad de dinero, y en caso de no hacerlo, procederá a: embargar bienes suficientes que cubran el monto de la deuda (capital, intereses y...
WhatsApp