Lo primero que debes saber es que se consideran un impuesto territorial que los propietarios deben pagar a la Tesorería General de la República (TGR) en cuatro cuotas cada 30 de Abril, junio, septiembre y noviembre. Pero ¿Qué pasa si no pago las contribuciones?

Si te atrasaste en el pago de una de las cuotas de tus contribuciones, la tesorería está facultada para aplicarte recargos de reajustes según la variación del IPC. O sea un 1.5% de interés penal por cada mes atrasado.

Si estás en esta situación te recomendamos optar a las facilidades de pago de impuestos y créditos fiscales que cuenta la TGR.

 Existen dos tipos de convenios: Uno de pago tradicional que permite que las cuotas mensuales sean de montos iguales a excepción de la cuota contado o de la cuota final o de ajuste y otro especial, que las cuotas se ajustarán a la realidad económica.

Los contribuyentes podrán pagar estas deudas en hasta un tope de 24 cuotas de plazo.

Si pasas un año sin pagar, te enfrentarás a problemas judiciales. dando inicio al proceso de cobranza y eventualmente un embargo del del inmueble.

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