Si llegó un receptor judicial a tu domicilio para notificar un embargo a un tercero, no pierdas la calma. Hay una solución para esto pero debes actuar rápido, ya que el plazo para realizar una tercería es desde el embargo hasta días previos al remate.

En ocasiones se asume que los bienes de un inmueble pertenecen en su totalidad al deudor, pero en la realidad no siempre es así. Por eso, la tercería es una solución para que las personas ajenas a la demanda judicial se puedan defender. Por es importante cumplir con el plazo para realizar una tercería.

A través de una Tercería de posesión podrás interponer una acción en contra del ejecutante y ejecutado, en palabras simples el deudor y acreedor. En esta instancia tendrás que entregar pruebas al juez para comprobar que los bienes embargados te pertenecen a ti.

Contarás con ocho días para presentar la evidencia, posterior a esto el tribunal dictará una sentencia a favor o en contra.

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