Muchas personas se preguntan si dejar de pagar un plan de telefonía móvil puede terminar con su nombre en DICOM o, peor aún, con un embargo judicial. La respuesta ante ello es negativa. Las deudas de telefonía –originadas por aquellos servicios relacionados– no se informan en los registros y, en la práctica común, tampoco derivan a la usurpación de bienes.

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¿Por qué las deudas de telefonía escapan de la cobranza tradicional?

Esto se debe a la Ley N°20.575, promulgada en 2012, que modificó la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (Ley N°19.496). Esta norma establece que las deudas por servicios de utilidad pública no pueden ser comunicadas a registros de morosidades como DICOM.

La telefonía fue incluida en esa categoría, junto con el agua y la luz. ¿La razón? Son servicios esenciales para el bienestar social y deben seguir estando disponibles, incluso para quienes enfrentan problemas económicos transitorios.

Ahora bien, ¿qué pasa si no pagas tu cuenta de celular?

La empresa proveedora puede suspender el servicio, iniciar gestiones de cobranza e incluso demandar judicialmente, aunque esto último es poco frecuente por el bajo monto de estas deudas. Si llegara a haber una demanda y se obtiene una sentencia, el embargo sería una posibilidad, pero es muy –pero, de verdad, muy– poco habitual.

¿Las deudas de telefonía llevan a DICOM o embargo? La verdad detrás del mito

En definitiva, la deuda de telefonía no te lleva automáticamente a DICOM. Tampoco se traducen en un embargo por defecto. Esto permite que miles de personas puedan seguir usando medios de comunicación esenciales sin quedar excluidas del sistema financiero.

Sin embargo, es importante no descuidarse. Seguir acumulando deudas puede tener consecuencias a largo plazo, aunque no impliquen castigos inmediatos.

Nuestro equipo de especialistas puede ayudarte a revisar tu caso y encontrar la mejor estrategia para que recuperes tu tranquilidad.

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