Las deudas no son eternas. En Chile, la ley establece plazos claros para que los acreedores puedan exigir el pago. Una vez transcurrido ese tiempo, la responsabilidad financiera puede prescribir. Pero eso no ocurre por arte de magia. Es un derecho que debe ser solicitado por el deudor y depende del tipo de obligación que exista.

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Las deudas comunes, como créditos bancarios o préstamos personales, prescriben en cinco años desde que se hicieron exigibles. Es decir, desde que el acreedor pudo pedir su pago.

En cambio, las deudas que se respaldan en un título ejecutivo, como un pagaré o una letra de cambio, pueden prescribir en tres años. Y si hablamos de deudas tributarias, el plazo es más corto: tres años contados desde el vencimiento del impuesto.

Hay situaciones que detienen el reloj de las deudas

Si el acreedor presenta una demanda, si el deudor reconoce la deuda o realiza un pago parcial, el plazo vuelve a empezar. Por eso es importante no confiar solo en el paso del tiempo.

Cuando una deuda prescribe, el acreedor pierde el derecho a exigir su cobro por la vía judicial. Sin embargo, el registro de morosidad puede seguir apareciendo por un tiempo. Por eso, aunque la deuda esté prescrita, es recomendable regularizar la situación para limpiar los antecedentes financieros.

¿Cinco o tres años? ¿En cuánto tiempo prescriben las deudas en Chile?

En Chile, alegar la prescripción requiere conocimiento y asesoría legal. No basta con decir que la deuda es antigua. Se debe probar y presentar el argumento ante el tribunal.

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