En Chile, tu deuda no desaparece sola con el paso del tiempo. Para que se extinga la acción de cobro, el deudor debe pedir ante un tribunal que se declare la prescripción.
Solo con la resolución de un juez es posible solicitar la eliminación de los antecedentes en los registros comerciales, como DICOM. Sin este trámite legal, el acreedor puede seguir intentando cobrar.
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Cómo decirle ‘adiós’ a tu deuda
La prescripción funciona como una herramienta legal que protege al deudor frente a demandas tardías. No borra la deuda, pero sí elimina la facultad del acreedor de perseguirla judicialmente.
Los plazos varían según el tipo de obligación.
- En la mayoría de los casos, el periodo es de cinco años desde la primera cuota impaga.
- Para pagarés y letras de cambio, el plazo es de un año.
- Los cheques prescriben al año desde su protesto.
- En el caso de deudas hipotecarias, el tiempo es de tres años contados desde la primera cuota vencida.
Cada situación debe analizarse con cuidado, porque los plazos se calculan de manera distinta según la acción ejercida.
¿Cómo se solicita la suspensión del cobro?
El deudor puede invocar la prescripción de dos maneras. La primera es como defensa, si ya enfrenta una demanda de cobro. La segunda es a través de una demanda presentada directamente para que se reconozca la prescripción. En ambos escenarios es recomendable contar con asesoría legal, ya que el procedimiento requiere fundamentos claros y pruebas.
Existen excepciones. Las deudas por pensiones de alimentos a menores de edad y las obligaciones previsionales no prescriben. Para que la prescripción sea efectiva, deben cumplirse tres condiciones: que la deuda sea prescriptible, que haya transcurrido el plazo sin demandas notificadas, y que el deudor la solicite formalmente en tribunales.
Si tienes una deuda antigua, no des por hecho que ya prescribió. Solo un juez puede confirmarlo.
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