Depende. Hay que distinguir entre dos situaciones:
- Si la deuda es de la empresa, todo en lo que ella tenga participación o tenga a su nombre es embargable.
- Si la de deuda es de la persona natural y ella tiene participación o es Representante Legal de una sociedad, no es embargable. Hay excepciones en que se embarga la participación (SPA), pero sólo hasta el monto de la deuda.
Buenas tardes.
Espero esté muy bien ..
A qué se refieren con las excepciones para embargar la participación (SpA)
Saludos cordiales