Artículo 44 código de procedimiento civil.

Art. 44. Si buscada en dos días distintos en su habitación, o en el lugar donde habitualmente ejerce su industria, profesión o empleo, no es habida la persona a quien debe notificarse, se acreditará que ella se encuentra en el lugar del juicio y cuál es su morada o...

¿Qué más puedo hacer para que no me embarguen?

Para evitar un embargo, sugerimos lo siguiente: Si usted es el deudor y quiere evitar el embargo de sus bienes, las opciones son: Pagar la deuda Consignar periódica e inteligentemente el tribunal, hasta completar el monto de la deuda capital estipulada en la demanda,...

¿Qué es la notificación por cédula?

Respuesta: Notificación por cédula es la que realiza el Receptor Judicial ya no de manera personal en contra del demandado, sino que lo hace entregando la denominada “cédula”, que contiene los datos necesarios para entender la notificación de que se trate. Este tipo...
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